Artículo 1 Generalidades, área de aplicación
- Nuestros términos de entrega valen para todas nuestras ofertas y contratos con empresarios. Éstos son personas naturales o jurídicas o empresas personales legalmente responsables que actúan en una actividad comercial o como profesional independiente.
- Condiciones de contratación diferentes, en oposición o suplementarias no formarán parte del contrato, a no ser que se dé a su aplicación el consentimiento explícito.
Artículo 2 Ofertas, conclusión de un contrato
- Nuestras ofertas son en general no vinculantes y neutral bajo reservación de nuestra confirmación escrita de la orden. Un contrato se concreta solamente con nuestra confirmación escrita de la orden, si no se existe o se contrae ningún acuerdo especial.
- Los documentos tales como las ilustraciones, los diseños, datos sobre peso y medidas, pertenecientes a una oferta, son aproximados solamente, a menos que sean declarados expresamente como vinculantes.
- Nos reservamos todos los derechos de propiedad y de autor sobre los presupuestos, los dibujos e informaciones similares físicas o no físicas, también de forma electrónica. Solo con nuestro consentimiento expreso se puede conceder el acceso a terceros y deben ser devueltos inmediatamente a solicitud en el caso de no recibir una orden.
- Los diseños de construcción no se entregan antes de una orden vinculante.
- En el caso de una orden, el emisor de esta es responsable de que los papeles y los datos de la orden estén correctos, completos y exactos.
- Nos reservamos cambios en el producto debido al progreso técnico y para la mejora del producto.
Artículo 3 Precios y términos de pago
- Nuestros precios se entienden ex fábrica o almacén y en euros más el impuesto sobre el valor añadido sin los costes de empaquetado y otros del envío y de transporte, válidos al punto del plazo de expedición.
- Si se ejecuta una orden en varias secciones, esto nos justifica para facturar las secciones individuales por separado. En caso de un retraso del pago, la entrega se puede suspender por nosotros hasta el pago.
- Aceptamos cambio o cheques solamente debido a un acuerdo expreso y solamente como pago. Todos los costes y adelantos que resulten de esto deben ser pagados por el comprador. Cambios y cheques se acreditan solamente después de confirmar la entrada sin reservas de los ingresos netos y solamente en un importe igual.
- Todas las facturas son debidas en el plazo de 30 días a partir de fecha de la factura o en el plazo de 10 días menos el pago del descuento del 2%. Nos reservamos condiciones que difieran en casos individuales.
- Todas nuestras demandas son de inmediato pagables, independientemente de cualquier plazo fijado para el pago, aplazamiento del pago o duración de un cambio u otros documentos, si recibimos conocimientos de circunstancias que son convenientes para reducir la credibilidad del comprador. En este caso podemos requerir el pago adelantado inmediato y la suscripción de una garantía para entregas y servicios pendientes de nuestra parte o retirarnos después de un plazo apropiado del contrato.
- Se excluyen los derechos de retención del comprador debido a demandas negadas o no determinadas válidas, tan bien como la compensación con demandas negadas o no determinadas válidas.
Artículo 4 Plazos de entrega
- Los plazos de entrega se entienden siempre como estimados, aunque esto no se mencione particularmente. Comienzan solamente después del cumplimiento de las condiciones de entrega convenidas (p. ej. entrega de documentos, liberación de muestras, pagos adelantados convenidos) y de la aclaración de todas las preguntas técnicas respectivas al objeto del contrato. La adherencia a nuestras obligaciones de la entrega presupone el cumplimiento puntual y normal de las obligaciones del comprador.
- Nuestro compromiso de suministro está sujeto a la reservación del autoabastecimiento. No somos responsables por retrasos en el suministro y de trabajos por fuerza mayor y debido a acontecimientos que hagan notablemente más difícil o imposible el suministro, como p. ej. dificultades que ocurran posteriormente en el abastecimiento con materiales, escaseces de recursos, medidas oficiales, huelga, puertas cerradas etc., aunque éstos ocurran con nuestros proveedores o nuestros subcontratistas, también con períodos y fechas vinculantes convenidas. Nos dan derecho a posponer la entrega por la duración del impedimento más un tiempo de inicio apropiado o, en caso de obstáculos no solo temporales, a la dimisión del contrato. Nos comprometemos a informar al comprador inmediatamente sobre la indisponibilidad y a devolver las contrapartidas recibidas ya en caso de la dimisión.
- En el caso que el comprador incurra en retraso de aceptación o viole otras obligaciones de cooperación, es justificado que nosotros requiramos el daño sufrido incluyendo cualquier gasto adicional. En este caso, el riesgo de una pérdida accidental o un deterioro accidental del objeto de entrega pasa al comprador en el momento en el que éste entra en retraso de aceptación. Además, tenemos el derecho a retirarnos del contrato y a exigir indemnización por incumplimiento después de que expire un razonable período de gracia.
Artículo 5 Transferencia de riesgo y envío
- El envío se lleva a cabo a riesgo del comprador. Con la entrega de la mercancía al responsable del transporte, indiferente si es asignada por el comprador, por el fabricante o por nosotros, el peligro es transferido al comprador. A solicitud del comprador nos comprometemos a contratar los seguros exigidos por éste a sus propias expensas.
- En daños del transporte es cosa del comprador de arreglar inmediatamente una averiguación de los hechos con la autoridad competente, puesto que de otra manera los posibles requisitos contra el responsable del transporte tan bien como contra un seguro pueden caducar.
- Envases de transporte y otros envases no pueden ser devueltos. El comprador está obligado a eliminar estos a sus propias expensas.
Artículo 6 Reserva de propiedad
- Todos los artículos entregados al cliente por nosotros permanecen nuestra propiedad hasta el pago completo de todas nuestras reivindicaciones, incluso si el precio de compra por reclamos especialmente designados halla sido pagado ya.
- Somos dueños de la mercancía reservada, el comprador es depositario. El cliente tiene particularmente la obligación como depositario de asegurar y cuidar las mercancías correctamente y asegurarse de que no haya peligro para bienes o personas. Los riesgos posibles deben ser cubiertos debidamente por seguros.
- El proceso y tratado de la mercancía reservada ocurren para nosotros como fabricantes conforme al artículo 950 del código civil alemán, sin obligarnos sin embargo. La mercancía procesada se considera como mercancía reservada.
- Si la mercancía reservada se procesa, se mezcla o conecta con mercancía reservada de otros proveedores no suministrada por nosotros, el comprador nos transfiere ya sus derechos de propiedad o de participación del así creado nuevo entero en la relación del valor facturado de nuestra mercancía de reserva al valor facturado de las otras mercancías y del valor de procesado.
- Hasta su revocación el comprador tiene el derecho de vender las mercancías proveídas por nosotros y los objetos resultantes de su procesado en el comercio regular.
- Las reclamaciones resultantes de la venta a terceros las cede el comprador en la cantidad de nuestro requisito entero para el precio de compra desde ya hasta el reembolso completo de todas nuestras demandas a nosotros como seguridad. En cuanto el producto ha sido procesado, mezclado o combinado, la asignación ocurre en el cociente de la retención por el valor total de las mercancías.
Si el comprador ha vendió la demanda en el contexto del factoring genuino, entonces él cede a nosotros la demanda contra el factor que la remplaza. El comprador está obligado en este caso a informarnos inmediatamente y nombrarnos la persona del factor. - El comprador está autorizado a retener las reclamaciones cedidas siempre y cuando éste cumpla con sus obligaciones contractuales de pago frente a nosotros y no incurra en insolvencia. En todo caso no está más autorizado para cobrar, si revocamos la autorización o revelamos la cesión. A otras disposiciones de las mercancías (p. ej. embargo, transferencia por garantía etc.) el comprador no tiene derecho. A nuestra petición el comprador está obligado a dar información sobre todos los reclamos, en particular una lista de deudores con nombre, dirección, importe de las reclamaciones, dando la fecha y número de las facturas, así como sobre cesiones globales existentes.
- El derecho del comprador de poseer la mercancía de reservación expira, si él incurre en retraso en lo referente a sus obligaciones frente a nosostros o se dan circunstancias, que nos dan derecho al vencimiento inmediato de las demandas. A nuestra solicitud el comprador debe devolvernos a sus expensas la mercancía de reservación. También tenemos el derecho como dueños indirectos de la mercancía de reservación para entrar en los recintos del comprador y retirar la mercancía de reservación para propósitos de salvaguardia, sin que esto signifique inmediatamente una cancelación del contrato. Además estamos autorizados a reclamar y a utilizar los valores del comprador como seguridad que estén a nuestro alcance real.
- El comprador está obligado a informarnos inmediatamente sobre un embargo u otras interferencias por parte de terceros. Además informar inmediatamente enfrente de terceros sobre la existencia de la retención del título.
- Si el valor de las demandas cedidas a nosotros como seguridad excede nuestra demanda total por más de 10%, entonces liberamos a pedido del cliente a ese grado las garantías de acuerdo a nuestra opción.
Artículo 7 Garantía, obligación de revisión y queja
- Los artículos proveídos por nosotros deben ser revisados inmediatamente si presentan errores, aunque hayan sido enviado muestras. La entrega o rendimiento se considera aprobado, si defectos aparentes o detectados durante el examen, variaciones de cantidad o una entrega obviamente equivocada no son amonestados por escrito donde nosotros dentro de un período de exclusión de 8 días después de la llegada de las mercancías en el destino, pero antes de ser combinadas, mezcladas o procesadas. Carencias ocultadas y posibles defectos deben ser indicados por escrito a más tardar dentro de un período de exclusión de 8 días después de su descubrimiento y/o de su ocurrencia.
- En caso de objeciones justificadas el comprador tiene que darnos dentro del contexto de un cumplimiento posterior en una primera instancia oportunidad para el remediar la carencia. En el caso que el cumplimiento posterior falle, el comprador obtiene el derecho a exigir una rebaja de la remuneración, o bien a renunciar del contrato. Sin embargo, con sólo menores incumplimientos del contrato, especialmente con carencias menores, el comprador no tendrá el derecho a renunciar. Si el comprador opta por la renuncia del contrato tras cumplimiento posterior fallado, no tiene juntamente derecho ninguno a indemnización para los daños debido a la carencia.
- A no ser que la ley prescriba para edificios, cosas para los edificios y requisitos de recurso plazos más largos, todas las demandas de la garantía prescriben en 12 meses después del paso del riesgo, en el caso de la aceptación después de la aceptación.
- Las carencias condicionadas por labores de mantenimiento u otras interferencias debidas al comprador o terceros sin nuestro consentimiento no están conforme a la garantía. Lo mismo se aplica si la mercancía suministrada se suministra aparte de los objetivos acordados, o si la mercancía suministrada se inserta bajo condiciones de funcionamiento extraordinarias, no dadas a conocer ante nosotros por escrito a través de la orden.
- Las piezas substituidas pasan a ser de nuestra propiedad.
Artículo 8 Responsabilidad, reclamación de daños
- A no ser que nosotros o nuestros ayudantes nos debamos responsabilizar por negligencia o imprudencia temeraria, se excluyen reclamaciones de daños del comprador contra nosotros no importando la causa legal. Esto no se aplica, en cuanto nosotros no estemos obligados a responder de acuerdo a la ley de la responsabilidad por la fabricación de un producto por lesión de la vida, del cuerpo o de la salud o por retraso. Lo mismo vale por incumplimiento de una obligación, cuyo cumplimiento posibilita la ejecución apropiada del contrato y en cuya adherencia el comprador puede regularmente confiar (obligación cardinal).
- Con el incumplimiento de una obligación cardinal nuestra responsabilidad es limitada al daño que se da típicamente en los negocios de la clase cuestionable.
- En el caso de retraso la obligación a la indemnización por los daños es limitada al 10% del valor de la pieza referida del suministro.
Artículo 9 Vinculación del contrato, jurisdicción y legislación
- La ineficacia de regulaciones contractuales individuales no afecta la validez de las regulaciones restantes. Compradores y proveedores se comprometen asegurar al máximo el éxito económico aspirado con una cláusula ineficaz en cuanto posible de otra manera legalmente permitida.
- La jurisdicción para todos los derechos y obligaciones, también aquellos derivados de cambios y cheques, es la sede de nuestra empresa, en tanto los compradores sean comerciantes o entidades legales del derecho público. Igual se aplica a tales compradores, que no tienen una jurisdicción general en el interior. Tenemos el derecho, sin embargo, también en todos los casos a proceder con acciones judiciales de acuerdo a nuestra opción en la sede del comprador.
- Se aplica exclusivamente el derecho alemán bajo exclusión del derecho comercial de la ONU.
Artículo 10 Almacenaje de datos
- Con la conclusión de la relación de negocio procede por nuestra parte el almacenaje de datos de acuerdo a la ley federal sobre la protección de datos.
Junio de 2010